viernes, 30 de enero de 2009

Estado de colombia III

1. articulo

1. Información general acerca de nuestro sistema educativo y sus diferentes niveles: Link http://mx.encarta.msn.com/encnet/refpages/RefArticle.aspx?refid=961534849&vv=550

LEGISLACIÓN VIGENTE DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO

Los principios fundamentales del sistema educativo colombiano están recogidos en la Constitución política de Colombia y en la Ley General de Educación de 1994. Esta ley señala las normas generales para regular el Servicio Público de la Educación y se fundamenta en los principios de la Constitución política sobre el derecho que tiene toda persona a recibir educación.
NIVELES DEL SISTEMA EDUCATIVO
El Sistema Educativo comprende la educación formal, que se imparte dentro de periodos lectivos y conduce a la obtención de titulaciones académicas, y la educación no formal, que se imparte sin sujeción a periodos de secuencia regulada y no conduce a grados ni a títulos.
La educación formal comprende los siguientes niveles progresivos:
• - Educación preescolar
• - Educación básica (primaria y secundaria)
• - Educación media
• - Educación superior
Educación especial
La educación especial se refiere a aquellos estudiantes sobresalientes o a aquellos que presenten deficiencias físicas, mentales, emocionales, sociales, o tengan dificultades especiales en el aprendizaje. El gobierno establecerá programas, estimulará la iniciativa privada y promoverá la formación de personal docente y la investigación.
Diversas instituciones se han especializado en los siguientes tipos de limitación:
• - Retardo mental.
• - Limitación auditiva.
• - Limitación visual.
• - Limitación física.
• - Dificultades en el aprendizaje.
• - Problemas de conducta o de personalidad.
• - Facultades sobresalientes.
• - Casos crónicos de salud.
Educación de adultos
El Ministerio de Educación Nacional ha promovido el fortalecimiento institucional del programa de Educación Popular de Adultos, para llevar a cabo un sistema de educación popular básica y continuada de jóvenes y adultos con el objetivo de erradicar el analfabetismo y promover la participación de los diferentes sectores sociales en la vida económica, política y cultural. Véase Educación de adultos.

Educación Rural
Para llevar a cabo esta modalidad educativa se han creado institutos agrícolas nacionales cuyos planes de estudio se centran en el desarrollo del agro, contribuyendo así al desarrollo integral del país. En los institutos se llevan a cabo proyectos agrícolas y pecuarios, los cuales son de carácter dirigido y supervisado.

Educación de minorías étnico-lingüísticas
El programa de etno-educación se orienta a prestar asesoría y apoyo financiero a las comunidades para que elaboren sus propios currículos de acuerdo con sus necesidades socio-culturales y propicia las investigaciones que requieran estos procesos en campos como la antropología, la lingüística y la pedagogía. Véase Educación indígena en América Latina.


2. articulo


• El Sena se articula con el sistema educativo: Link de interés http://menweb.mineducacion.gov.co/educacion_superior/numero_03/articulo4.htm
El Sena se articula
con el sistema educativo

El Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, que desde 1957 se ha encargado de capacitar técnica y tecnológicamente a los colombianos, participa, junto con el Ministerio de Protección Social y el Ministerio de Educación Nacional, en la construcción de una agenda que contribuya al mejoramiento de la pertinencia y la calidad de la educación técnica profesional y tecnológica, y de la formación para el trabajo.
En este esfuerzo, el Gobierno busca consolidar una cadena de formación en donde estudiantes, aprendices y trabajadores accedan a un aprendizaje permanente, fundamentado en la flexibilidad y la movilidad. El Sena participa tanto en el nivel medio como superior. Con la educación media técnica, asesora y orienta contenidos curriculares que incluyan formación para el trabajo, comparte medios y recursos didácticos y actualiza tecnológica y pedagógicamente a docentes. Tales acciones facilitan a los bachilleres aproximarse al mundo del trabajo, insertarse al mercado laboral o continuar en la cadena de formación, bien sea con el Sena o con instituciones de educación superior a través de los ciclos propedéuticos. Se espera que en 2006 cerca de 450.000 bachilleres se hayan beneficiado de este programa.

Recientemente, el Sena ha adoptado el enfoque de competencias para la elaboración de los diseños curriculares. Mediante la estrategia de las mesas sectoriales –instancia integrada por gremios, empresas, trabajadores, instituciones educativas, centros de investigación y desarrollo tecnológico y Gobierno- se realizan caracterizaciones ocupacionales de los sectores económicos o cadenas productivas; se investigan los entornos económico, organizacional, tecnológico, educativo, ocupacional y ambiental, tanto en su situación actual como en prospectiva.


3. articulo

• Educación técnica profesional y tecnológica, otras formas del conocimiento: puede consultar las siguientes direcciones.
http://menweb.mineducacion.gov.co/educacion_superior/numero_03/articulo6.htm
http://www.guiaacademica.com/educacion/personas/cms/colombia/BECAS/ARTICULO-WEB-eee_pag-3304867.aspx


Otras formas
del conocimiento


Así lo expresa el académico Víctor Manuel Gómez Campo, profesor de la Universidad Nacional de Colombia, quien ha investigado el tema durante años.
Para lograrlo se requiere dejar de creer que el profesional universitario sólo se forma en áreas tradicionales, factor que ha promovido la subvaloración y el desprecio por otras formas de educación superior. En su libro Cobertura, calidad y pertinencia: retos de la educación técnica y tecnológica en Colombia (2000), Gómez Campo indica que en el 2000 el 71,3% de la matrícula se concentró en Economía, Administración, Ciencias de la Salud, Ingeniería, Arquitectura. De igual forma, la mayoría de estudiantes prefirió universidades también tradicionales antes que instituciones tecnológicas o técnicas. A las técnicas profesionales y tecnológicas, anota el autor, llegan por lo general bachilleres que no logran ingresar a universidad y profesiones que concentran la preferencia de matrícula.

En su análisis sobre el sector, Gómez Campo encontró que las instituciones técnicas profesionales y tecnológicas se caracterizan por ser de poco tamaño; exigir menores requisitos de ingreso, como el puntaje del examen del Icfes, y tener escasa cobertura en la educación superior.

Por lo tanto, señala como necesario reconceptualizar este tipo de formación como modalidad del conocimiento moderno. “Su objetivo principal debe ser la generación de una capacidad tecnológica endógena, que permita tanto la creación de nuevas tecnologías como la adaptación y adecuación de las existentes a condiciones particulares y necesidades propias para las cuales no existen soluciones tecnológicas universales ni estandarizadas”. En otras palabras, la educación técnica profesional y tecnológica en Colombia precisa fundamentarse desde el conocimiento científico para desarrollar y ajustar prototipos, sistemas o métodos propios e internos que respondan y den soluciones a las necesidades particulares de nuestra sociedad.

El país requiere más técnicos y tecnólogos

La cobertura bruta en educación técnica y tecnológica es apenas del 4,61 por ciento, lo que indica que Colombia está muy por debajo de los estándares internacionales y de las necesidades reales del sector productivo.
El dilema no sólo es qué estudiar. Sino qué es lo que necesitan las empresas, el emprendimiento y el autoempleo. Algo más: ¿cuáles son las habilidades y destrezas requeridas en los mercados cada vez más globalizados y cambiantes?
Pues bien, el Ministerio de Educación Nacional (MEN) tiene esa preocupación y no en vano en el Plan de Desarrollo se estableció que Colombia "requiere más técnicos y tecnólogos", ajustados a las necesidades del sector productivo que, en últimas, es el que va a absorber la oferta laboral cada vez más dinámica y creciente.
En el país, la educación técnica y tecnológica representa apenas una cobertura bruta del 4,61 por ciento y, aunque la universitaria es más alta (17,41 por ciento), está muy por debajo de los estándares internacionales.
Holanda, Reino Unido y Francia le llevan en Europa mucha distancia a Colombia, y según cifras de la Unesco, en Chile y Uruguay la matrícula de programas técnicos y tecnológicos supera a la del nivel universitario en diez puntos porcentuales aproximadamente.
En el análisis de series 1998-2003, el Gobierno encontró que durante ese período persistió la preferencia de los colombianos por los programas universitarios (78 por ciento) frente a las opciones técnicas profesionales y tecnológicas (22 por ciento).
Balance
En un reciente seminario sobre competencias para sectores productivos estratégicos, la ministra de Educación, Cecilia María Vélez, hizo un diagnóstico adicional de la educación técnica y tecnológica bastante desalentador:
- Altas tasas de deserción
- Falta tanto de pertinencia como de calidad
- Concentración de programas en áreas de conocimiento no relacionadas con la vocación productiva de las regiones ni con las competencias requeridas por la industria.
Son varias las razones que explican este desfase, que por demás comparte el sector privado a través de la Asociación Nacional de Industriales (Andi) y Asociación Colombiana de Pequeños y Medianos Industriales (Acopi): hay una limitada oferta de la educación superior técnica y tecnológica, con el agravante de que se observa una elevada concentración geográfica en Bogotá, Antioquia y Valle.

Otro fenómeno identificado es la desarticulación con la formación media, lo cual implica la necesidad de hacer un redireccionamiento en todo el proceso, que ya está en marcha y para lo cual no solo se necesitan objetivos precisos sino recursos.

4. articulo
• Reglamentación SENA: De la formación y las instituciones de educación superior técnicas profesionales y tecnológicas

• Ley 119 de 1994: Se sugiere hacer énfasis en:

Numeral 6 Art. 4 “Adelantar programas de formación tecnológica y técnica profesional, en los términos previstos en las disposiciones legales respectivas.”
Numeral 4 Art. 10 “Expedir títulos y certificados de los programas y cursos que imparta o valide, dentro de los campos propios de la formación profesional integral, en los niveles que las disposiciones legales le autoricen.”
http://www.col.ops-oms.org/juventudes/Situacion/LEGISLACION/EDUCACION/EL11994.HTM

NATURALEZA, MISION, OBJETIVOS Y FUNCIONES


ARTICULO 1º. Naturaleza. El Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, es un establecimiento público del orden nacional con personería jurídica, patrimonio propio e independiente, y autonomía administrativa, adscrito al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
ARTICULO 2º. Misión. El Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, está encargado de cumplir la función que corresponde al Estado de invertir en el desarrollo social y técnico de los trabajadores colombianos; ofreciendo y ejecutando la formación profesional integral, para la incorporación y el desarrollo de las personas en actividades productivas que contribuyan al desarrollo social, económico y tecnológico del país.
ARTICULO 3º. Objetivos. El Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, tendrá los siguientes objetivos:
1. Dar formación profesional integral a los trabajadores de todas las actividades económicas, y a quienes sin serlo, requieran dicha formación, para aumentar por ese medio la productividad nacional y promover la expansión y el desarrollo económico y social armónico del país, bajo el concepto de equidad social redistributiva.
2. Fortalecer los procesos de formación profesional integral que contribuyan al desarrollo comunitario a nivel urbano y rural, para su vinculación o promoción en actividades productivas de interés social y económico.
3. Apropiar métodos, medios y estrategias dirigidos a la maximización de la cobertura y la calidad de la formación profesional integral.
4. Participar en actividades de investigación y desarrollo tecnológico, ocupacional y social, que contribuyan a la actualización y mejoramiento de la formación profesional integral.
5. Propiciar las relaciones internacionales tendientes a la conformación y operación de un sistema regional de formación profesional integral dentro de las iniciativas de integración de los países de América Latina y el Caribe.
6. Actualizar, en forma permanente, los procesos y la infraestructura pedagógica, tecnológica y administrativa para responder con eficiencia y calidad a los cambios y exigencias de la demanda de formación profesional integral.
ARTICULO 4º. Funciones. Son funciones del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, las siguientes:
1. Impulsar la promoción social del trabajador, a través de su formación profesional integral, para hacer de él un ciudadano útil y responsable, poseedor de valores morales éticos, culturales y ecológicos.
2. Velar por el mantenimiento de los mecanismos que aseguren el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias, relacionadas con el contrato de aprendizaje.
3. Organizar, desarrollar, administrar y ejecutar programas de formación profesional integral, en coordinación y en función de las necesidades sociales y del sector productivo.
4. Velar porque en los contenidos de los programas de formación profesional se mantenga la unidad técnica.
5. Crear y administrar un sistema de información sobre oferta y demanda laboral.
6. Adelantar programas de formación tecnológica y técnica profesional, en los términos previstos en las disposiciones legales respectivas.
7. Diseñar, promover y ejecutar programas de formación profesional integral para sectores desprotegidos de la población.
8. Dar capacitación en aspectos socioempresariales a los productores y comunidades del sector informal urbano y rural.
9. Organizar programas de formación profesional integral para personas desempleadas y subempleadas y programas de readaptación profesional para personas discapacitadas.
10. Expedir títulos y certificados de los programas y cursos que imparta o valide, dentro de los campos propios de la formación profesional integral, en los niveles que las disposiciones legales le autoricen.
11. Desarrollar investigaciones que se relacionen con la organización del trabajo y el avance tecnológico del país, en función de los programas de formación profesional.
12. Asesorar al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en la realización de investigaciones sobre recursos humanos y en la elaboración y permanente actualización de la clasificación nacional de ocupaciones, que sirva de insumo a la planeación y elaboración de planes y programas de formación profesional integral.
13. Asesorar al Ministerio de Educación Nacional en el diseño de los programas de educación media técnica, para articularlos con la formación profesional integral.
14. Prestar servicios tecnológicos en función de la formación profesional integral, cuyos costos serán cubiertos plenamente por los beneficiarios, siempre y cuando no se afecte la prestación de los programas de formación profesional.

CAPITULO VIII
DISPOSICIONES VARIAS

ARTICULO 48. Revisión de las especialidades de formación profesional. El Consejo Directivo Nacional, previas las recomendaciones del Comité Nacional de Formación Profesional y de los Consejos Regionales, determinará anualmente las especialidades en las cuales el SENA ofrecerá programas de formación profesional integral, considerando entre otros criterios, la demanda del sector productivo y social, la oferta existente y los requerimientos de calidad.
ARTICULO 50. Educación formal. El Gobierno Nacional podrá señalar los requisitos necesarios para que los egresados del SENA puedan ingresar a los programas de educación superior.

5. articulo
El SENA y la articulación con la media: Link de interés
http://www-ilo-irror.cornell.edu/public/spanish/region/ampro/cinterfor/ifp/sena/for_tra.htm

Desde el colegio, formación para el trabajo
Formar a los estudiantes de los colegios de educación media técnica en Colombia para que vayan adquiriendo conocimientos y familiarizándose con lo que encontrarán en el mundo del trabajo, son los objetivos del programa de articulación entre la Educación Media Técnica Estatal y la formación, que adelanta el SENA con el Ministerio de Educación y las Secretarías respectivas, departamentales, distritales y municipales.
Así mismo, se busca adecuar y articular los programas educativos de carácter técnico de los colegios oficiales con los ofrecidos por el SENA, para hacer posible la cadena de formación, bajo el enfoque de competencias que adelantan el SENA y el Ministerio de Educación nacional.
Este programa, le garantiza al estudiante obtener doble certificación: el título de bachiller técnico, entregado por el colegio, y la que le otorga el SENA en el área técnica en la que se capacitó.
Todos ganan
Con este programa ganan los estudiantes, pues reciben capacitación técnica que les facilita avanzar a otros niveles dentro su proceso de formación o ingresar al mercado laboral.
Los colegios, porque mejoran su calidad , disponen de programas de formación para el trabajo, acordes con las necesidades de las empresas, y cuentan con docentes actualizados técnica y pedagógicamente ( por parte del SENA).
Preparándose para el trabajo

Entre los programas que el SENA ha transferido a los colegios de educación media técnica para capacitar y preparar para el trabajo a las nuevas generaciones, están: producción bovina; viverista forestal; administración agropecuaria; procesador de datos contables; mecánica automotriz; administrador de microempresas; digitador; mesero barman; guía de turismo; auxiliar de mesa, de panadería, de contabilidad, de trabajo en madera, y de manejo ambiental bajo tierra; ebanistería; soldadura; metalistería, entre otros.
Formación a la medida

El modelo de Competencias Laborales tiene tres aspectos fundamentales: la Normalización, en la que se identifica y estandariza lo que debe saber una trabajador para desempeñarse eficientemente en una ocupación u ocupaciones; la Formación, en la que el estudiante recibe formación para el trabajo con programas elaborados a la medida del sector productivo; es decir, flexibles y orientados a que el aprendiz-trabajador adquiera los conocimientos y desarrolle habilidades, destrezas, aptitudes, y valores requeridos para su desempeño laboral; y la Certificación del desempeño laboral, en la que se acredita que el trabajador es competente y reúne las condiciones necesarias para el trabajo.
Si desea mayor información sobre el programa del SENA de articulación con la educación media técnica, puede solicitarla al correo electrónico snft@sena.edu.co
Fuente: Página web del SENA - http://www.sena.edu.co/

6. articulo

• En cuanto a convenios con Universidades (estudio de casos):

http://www.unad.edu.co/sec_general/dinamico/website/seccion.php?perfil=1&seccion=1&menu=&submenu=&id=172
http://www.eldiario.com.co/bodyindex.php?anteriores=2006-04-27&id_noticia=60827&nombre=noticias&padre=
http://www.mineducacion.gov.co/cvn/1665/article-107708.html

jueves, 29 de enero de 2009

DERECHOS Y DEBERES ESENCIALES DEL CIUDADANO

La Constitución Política Colombiana presenta un amplio catálogo de derechos entre los artículos 11 a 77 del Título II. Estos son los derechos consagrados para la protección de las personas en Colombia y se puede decir que representa un importante avance en el constitucionalismo colombiano, pues en la anterior Constitución de 1886 no existía una consagración tan amplia de los derechos como la que existe actualmente.
Los principales derechos que trae el catálogo de derechos de nuestra Constitución los podemos resumir en los siguientes ítems:

Derechos fundamentales
- Artículo 11. Derecho a la vida
- Artículo 12. Derecho a la integrqidad personal
- Artículo 13. Derecho a la libertad e igualdad ante la ley
- Artículo 14. Derecho a la personalidad jurídica
- Artículo 15. Derecho a la intimidad
- Artículo 16. Derecho al libre desarrollo de la personalidad
- Artículo 17. Prohibición de toda forma de esclavitud, servidumbre
y trata de seres humanos
- Artículo 18. Libertad de conciencia
- Artículo 19. Libertad de cultos
- Artículo 20. Libertad de expresión e información
- Artículo 21. Derecho a la honra
- Artículo 22. La paz como derecho y deber
- Artículo 23. Derecho de petición
- Artículo 24. Derecho de circulación y residencia
- Artículo 25. Derecho al trabajo
- Artículo 26. Libertad de escoger profesión, ocupación, arte u oficio
- Artículo 27. Libertad de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra
- Artículo 28. Derecho a la libertad personal
- Artículo 29. Derecho al debido proceso
- Artículo 30. Habeas corpus
- Artículo 31. Principio de las dos instancias
- Artículo 32. Aprehensión en flagrancia
- Artículo 33. Derecho a la no auto-incriminación
- Artículo 34. Prohibición de ciertas penas: destierro, prisión perpetua
y confiscación
- Artículo 35. Extradición
- Artículo 36. Derecho de asilo
- Artículo 37. Derecho de reunión y manifestación
- Artículo 38. Derecho de asociación
- Artículo 39. Derecho de sindicalización
- Artículo 40. Derecho de participación
- Artículo 41. Estudio de la Constitución y la instrucción cívica
Derechos sociales, económicos y culturales
- Artículo 42. Protección a la familia
- Artículo 43. Protección a la mujer
- Artículo 44. Protección a los niños
- Artículo 45. Protección a los adolescentes
- Artículo 46. Protección a la tercera edad
- Artículo 47. Protección a los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos
- Artículo 48. Seguridad social como servicio público
- Artículo 49. Salud y saneamiento ambiental como servicios públicos
- Artículo 50. Protección especial para todo niño menor de un año
- Artículo 51. Derecho a la vivienda digna
- Artículo 52. Derecho a la recreación, el deporte y el aprovechamiento
del tiempo libre
- Artículo 53. Principios mínimos fundamentales en materia de trabajo
- Artículo 54. Formación profesional y técnica para el trabajo
- Artículo 55. Derecho de negociación colectiva
- Artículo 56. Derecho de huelga
- Artículo 57. Estímulos legales para la cogestión de los trabajadores
en las empresas
- Artículo 58. Garantía de la propiedad privada con función social y ecológica y
derechos adquiridos
- Artículo 59. Expropiación sin indemnización en caso de guerra
- Artículo 60. Promoción del acceso a la propiedad
- Artículo 61. Protección a la propiedad intelectual
- Artículo 62. Protección a las donaciones para fines de interés social
- Artículo 63. Carácter de bienes inalienables, imprescriptibles
e inembargables como los de uso público
- Artículo 64. Deber del Estado respecto a los trabajadores agrícolas
- Artículo 65. Protección a las actividades agrícolas
- Artículo 66. Crédito agropecuario
- Artículo 67. Derecho a la educación
- Artículo 68. Establecimientos educativos
- Artículo 69. Autonomía universitaria
- Artículo 70. Deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura
- Artículo 71. Libertad de la búsqueda del conocimiento y la expresión artística
- Artículo 72. Patrimonio cultural de la Nación
- Artículo 73. Protección a la actividad periodística
- Artículo 74. Derecho al acceso a documentos públicos
- Artículo 75. Carácter publico del espectro electromagnético
- Artículo 76. Intervención estatal en el servicio de televisión
- Artículo 77. Regulación de la televisión

Derechos colectivos y del ambiente
- Artículo 78. Control a la calidad de bienes y servicios
- Artículo 79. Derecho a gozar de un medio ambiente sano
- Artículo 80. Deber del Estado en planificar el manejo y aprovechamiento de los
recursos naturales para un desarrollo sostenible
- Artículo 81. Prohibición sobre armas, residuos nucleares y desechos tóxicos
- Artículo 82. Deber del Estado en materia de espacio público

Derechos del Título II de la Constitución Nacional
(Artículo 11 al 82)
A continuación se presentan los múltiples derechos que contiene la Constitución Nacional de 1991, agrupados por conceptos comunes a cada uno de ellos.
1. Vida: 11, 12, 14, 16, 51.
2. Libertad: 28, 16, 17, 18, 19,24, 26, 27, 28, 71.
3. Igualdad: 13.
4. Justicia: 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 41.
5. Paz: 22
6. Ambiente sano: 79, 49, 80, 81, 82
7. Calidad de bienes y servicios: 78
8. Seguridad social: 48, 50.
9. Trabajo: 25, 53, 54, 55, 56
10. Salud: 49
11. Educación: 67, 68, 69, 70.
12. Recreación: 52
13. Propiedad: 58, 57, 59, 60, 62, 63, 72, 75.
14. Información y expresión: 20, 15, 21, 23, 73, 77, 74, 76, 77.
15. Reunión: 37, 38, 39.
16. Participación: 40
17. Protección a grupos primarios: 50, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 64, 65, 66

DERECHOS Y DEBERES DE LOS TRABAJADORES
La Declaración de la Organización Internacional del trabajo (OIT) relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo tiene por objeto lograr que el progreso social vaya a la par con el progreso económico y el desarrollo.

Adoptada en 1998, la Declaración compromete a los Estados Miembros a respetar y promover los principios y derechos comprendidos en cuatro categorías, hayan o no ratificado los convenios pertinentes. Estas categorías son: la libertad de asociación y la libertad sindical y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva, la eliminación del trabajo forzoso u obligatorio, la abolición del trabajo infantil y la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación.

La Declaración establece claramente que estos derechos son universales y que se aplican a todas las personas en todos los países - independientemente del nivel de desarrollo económico. Menciona en particular a los grupos con necesidades especiales, tales como los desempleados y los trabajadores migrantes. Reconoce que el crecimiento económico por sí solo no es suficiente para asegurar la equidad y el progreso social y para erradicar la pobreza.


PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN:
La procuraduría tiene como principal misión vigilar el correcto funcionamiento de la función pública, para salvaguardar los derechos e intereses de los ciudadanos, garantizar la protección de los derechos humanos e intervenir en representación de la sociedad para defender el patrimonio público.


“La Procu para todos” es una serie de insertos colecciónales que se convierten en material de consulta para que, de una vez por todas, los colombianos comencemos a exigir nuestros derechos y, obviamente, a cumplir con nuestros deberes.Un documento que entrega la Procuraduría General de la Nación, como representante de la sociedad, es decir, de nosotros, para invitarnos a conocer y exigir nuestros derechos; a que conozcamos lo que se hace en la Procuraduría y a que nos convirtamos en veedores de todas las actividades que realizan los funcionarios públicos en el país, para que entre todos construyamos, ahora sí, el país que necesitamos.
APRENDAMOS DE NUESTROS DERECHOS........

miércoles, 28 de enero de 2009

Ministerios

Ministerio de interior y justicia:
Es el responsable de coordinar la atención integral del Estado a los Asuntos Políticos, para el fortalecimiento de nuestra democracia, y de la Justicia, para proteger los derechos fundamentales de los ciudadanos.

Ministerio De Relaciones Exteriores
Contribuye, a través de la formulación y ejecución de la política exterior, la inserción de Colombia en el contexto internacional, aprovechando estratégicamente todas sus potencialidades, preservando y posicionando los intereses del país, así como fortaleciendo los vínculos con los colombianos en el exterior, procurando su bienestar y garantizando sus derechos.

Ministerio de hacienda y crédito publico
Somos el Ministerio que coordina la política macroeconómica; define, formula y ejecuta la política fiscal del país; incide en los sectores económicos, gubernamentales y políticos; y gestiona los recursos públicos de la Nación, desde la perspectiva presupuestal y financiera, mediante actuaciones transparentes, personal competente y procesos eficientes, con el fin de propiciar: Las condiciones para el crecimiento económico sostenible, y la estabilidad y solidez de la economía y del sistema financiero; en pro del fortalecimiento de las instituciones, el apoyo a la descentralización y el bienestar social de los ciudadanos.
Ministerio De Defensa:
conduce las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, mediante la formulación, diseño, desarrollo y ejecución de las políticas de defensa y seguridad y el empleo legitimo de la fuerza, para mantener la soberanía nacional, la independencia, la integridad territorial y el orden constitucional, y contribuir a garantizar las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos, obligaciones y libertades publicas.

Ministerio de agricultura y desarrollo rural:
Formula, Coordina y Evalúa las políticas que promuevan el desarrollo competitivo, equitativo y sostenible de los procesos agropecuarios forestales, pesqueros y de desarrollo rural, con criterios de descentralización, concertación y participación, que contribuyan a mejorar el nivel y la calidad de vida de la población colombiana.
Ministerio de la protección social:
Orienta el Sistema de Protección Social y el Sistema de Seguridad Social hacia su integración y consolidación, mediante la aplicación de los principios básicos de Universalidad, Solidaridad, Calidad, Eficiencia y Equidad, con el objeto de tener un manejo integral del riesgo y brindar asistencia social a la población colombiana.
Ministerio de minas y energía:
Adopta la política nacional en materia de exploración, explotación, transporte, refinación, procesamiento, beneficio, transformación y distribución de minerales e hidrocarburos, así como la política sobre generación, transmisión, interconexión, distribución y establecimiento de normas técnicas en materia de energía eléctrica, sobre el uso racional de energía y el desarrollo de fuentes alternas, y en general, sobre todas las actividades técnicas, económicas, jurídicas, industriales y comerciales relacionadas con el aprovechamiento integral de los recursos naturales no renovables y de la totalidad de las fuentes energéticas del país en concordancia con los planes generales de desarrollo ;
Ministerio de comercio industria y turismo:
apoya la actividad empresarial, productora de bienes, servicios y tecnología, así como la gestión turística de las regiones del país, con el fin de mejorar su competitividad, su sostenibilidad e incentivar la generación de mayor valor agregado, lo cual permitirá consolidar su presencia en el mercado local y en los mercados internacionales, cuidando la adecuada competencia en el mercado local, en beneficio de los consumidores y los turistas, contribuyendo a mejorar el posicionamiento internacional de Colombia en el mundo y la calidad de vida de los colombianos.
Ministerio de educación:
Garantiza el derecho a la educación con criterios de equidad, calidad y efectividad, que forme ciudadanos honestos, competentes, responsables y capaces de construir una sociedad feliz, equitativa, productiva competitiva, solidaria y orgullosa de sí misma.
Ministerio de ambiente, vivienda y desarrollo territorial:
es la entidad pública del orden nacional rectora en materia ambiental, vivienda, desarrollo territorial, agua potable y saneamiento básico que contribuye y promueve acciones orientadas al desarrollo sostenible, a través de la formulación, adopción e instrumentación técnica y normativa de políticas, bajo los principios de participación e integridad de la gestión pública.

Ministerio de comunicaciones:
El Ministerio de Comunicaciones define y promueve la política del sector de las Tecnologías de la información y la comunicación para asegurar su acceso, uso y apropiación por la comunidad, las empresas y el gobierno, el desarrollo de la industria y ejercer una eficiente gestión del espectro radioeléctrico.

Ministerio de transporte:
tiene como objetivo primordial la formulación y adopción de las políticas, planes, programas, proyectos y regulación económica en materia de transporte, tránsito e infraestructura de los modos de transporte carretero, marítimo, fluvial, férreo y aéreo y la regulación técnica en materia de transporte y tránsito de los modos carretero, marítimo, fluvial y férreo.
Ministerio de cultura:
El Ministerio es la entidad rectora del sector cultural colombiano y tiene como objetivo formular, coordinar, ejecutar y vigilar la política del Estado en materia cultural, deportiva, recreativa y de aprovechamiento del tiempo libre. Es una organización que actúa de buena fe, con integridad ética y observa normas vigentes en beneficio de la comunidad, los clientes y sus propios funcionarios

lunes, 26 de enero de 2009

Estructura del estado









Al igual que la Constitución de 1886 que reemplazó, la Constitución de 1991 establece tres poderes de gobierno: legislativo, ejecutivo y judicial. También establece órganos autónomos con funciones específicas para el cumplimiento de los cometidos adicionales del Estado colombiano.


El Poder Legislativo está formado por el Senado y la Cámara de Representantes, que conjuntamente forman el Congreso colombiano

El Poder Ejecutivo está encabezado por el Presidente de la República, que cumple funciones de Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y suprema autoridad administrativa.

La Constitución prevé que la administración de justicia en Colombia está a cargo de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, el Consejo Superior de la Judicatura, la Fiscalía General de la Nación, los diversos tribunales y jueces y el sistema de justicia penal militar. La Constitución establece que la administración de justicia constituye una función pública. La judicatura goza de independencia para adoptar sus decisiones y sus procedimientos son públicos.

El Consejo de Estado es el tribunal de mayor jerarquía en la jurisdicción de lo contencioso-administrativo. Además presta servicios como órgano asesor del Gobierno en cuestiones de derecho administrativo.

La Corte Constitucional tiene a su cargo la jurisdicción constitucional establecida como parte del sistema judicial colombiano. El Senado elige a los magistrados de la Corte Constitucional por un plazo de ocho años. Los magistrados deben estar capacitados en diferentes ámbitos jurídicos.

La Fiscalía General de la Nación está formada por el Fiscal General, los fiscales delegados y otros funcionarios. La Corte Suprema de Justicia elige al Fiscal General de la Nación a partir de una lista de candidatos presentados por el Presidente, por un período de cuatro años. La Fiscalía General forma parte del Poder Judicial y goza de autonomía administrativa y presupuestaria.

El Consejo Superior de la Judicatura es también una institución creada por la Constitución de 1991. Está dividido en la Sala Administrativa y la Sala Jurisdiccional Disciplinaria. La primera está formada por seis magistrados, dos de los cuales son electos por la Corte Suprema, uno por la Corte Constitucional y tres por el Consejo de Estado. La Sala Jurisdiccional Disciplinaria está formada por siete magistrados electos por el Congreso.

Órganos de control
En la sección en que se describe la estructura del Estado y se establecen los tres principales poderes de gobierno, la Constitución colombiana crea también "los órganos de control", que no pertenecen a ninguno de los tres poderes principales.

La Procuraduría General se encarga de realizar investigaciones disciplinarias e imponer sanciones a los agentes del Estado, tanto civiles como miembros de las Fuerzas Militares. En consecuencia está facultada, por ejemplo, para investigar violaciones de derechos humanos y eventualmente disponer la separación del servicio de miembros de las Fuerzas Militares, de la Policía Nacional o de cualquier otro organismo estatal responsable de esas violaciones.

La Defensoría del Pueblo cumple sus cometidos bajo la dirección del Procurador General de la Nación. El Defensor del Pueblo es electo por la Cámara de Representantes de una lista de candidatos presentada por el Presidente, por un período de cuatro años.

En este mapa conceptual esta la estructura del estado con sus repectivas ramas:
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Para mas informacion: http://www.monografias.com/trabajos3/estadocolomb/estadocolomb.shtml?relacionados




Territorio



Artículo 101. Los límites de Colombia son los establecidos en los tratados internacionales aprobados por el Congreso, debidamente ratificados por el Presidente de la República, y los definidos por los laudos arbitrales en que sea parte la Nación.
Los límites señalados en la forma prevista por esta Constitución, sólo podrán modificarse en virtud de tratados aprobados por el Congreso, debidamente ratificados por el Presidente de la República.

Forman parte de Colombia, además del territorio continental, el archipiélago de San Andrés, Providencia, y Santa Catalina, la Isla de Malpelo y demás islas, islotes, cayos, morros y bancos que le pertenecen.
También son parte de Colombia, el subsuelo, el mar territorial, la zona contigua, la plataforma continental, la zona económica exclusiva, el espacio aéreo, el segmento de la órbita geoestacionaria, el espectro electromagnético y el espacio donde actúa, de conformidad con el Derecho Internacional o con las leyes colombianas a falta de normas internacionales.
Tambien colombia es la mas diversa a nivel cultural, geografico y lo mejor de todo la gente que la conforma.


para inforamcion sobre la divicion politica y administrativa http://www.dane.gov.co/
Colombia

Sena virtual


El SENA continúa brindando “CONOCIMIENTO PARA TODOS LOS COLOMBIANOS” con la articulación TV-WEB, usted cuenta con la posibilidad de estudiar desde cualquier lugar donde exista un televisor y conexión a Internet, desde la comodidad de su hogar ó desde su lugar de trabajo, simplemente basta con que sintonice su televisor e ingrese diariamente a nuestro ambiente virtual de aprendizaje



TECNOPARQUE



Tecnoparque es una red liderada por el sena para la promoion del talento, con compropromiso hacia el desarrollo tecnologico, innovacion y el emprendimiento de colombia, ofrece sin ningun costo a todos los colombianos, las herramientas, la asesoria, la infraestructura y los espertos necesarios para el desarrollo de nuevas iniciativas tecnologicas.http://www.tecnoparquecolombia.org/




Gobierno en linea



Bogotá, abril 29 de 2008. El Gobierno Nacional expidió el Decreto 1151 del 14 de abril de 2008, mediante el cual se establecen los lineamientos generales de la Estrategia de Gobierno En Línea, que son de obligatorio cumplimiento para las entidades que conforman la administración pública en Colombia.
La nueva disposición, que reglamenta parcialmente la Ley 962 de 2005, señala que corresponde al Ministerio de Comunicaciones, a través del Programa Agenda de Conectividad la responsabilidad de coordinar la implementación de la Estrategia de Gobierno En Línea; y para ello, deberá elaborar antes de dos meses el "Manual de Políticas y Estándares para la Gestión de información, Trámites y Servicios del Estado Colombiano a través de Medios Electrónicos".
El objetivo de la estrategia de Gobierno En Línea es contribuir con la construcción de un Estado más eficiente, más transparente y participativo, y que preste mejores servicios a los ciudadanos y a las empresas, a través del aprovechamiento de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.http://www.gobiernoenlinea.gov.co/